Entorno a la Real Cédula (I)
Martes, 13 de Julio de 2010José Ruiz Guirado
REAL CÉDULA y ORDENANZA,
“refrendada de D. Manuel de Godoy y Álvarez, Duque de Alcudia, del mi Consejo de Estado, y mi primer Secretario de Estado y del Despacho, se han de comunicar copias impresas y firmadas por el Escribano de Gobierno del Sitio a las Justicias de los Pueblos de dos leguas en contorno a él , y Reales Bosques, para que la hagan publicar en ellos, y la retengan y custodien con los demas papeles respectivos Ayuntamientos, disponiendo también el Gobernador se publique en el Real Sitio y en la Villa del Escorial, colocando igualmente en sus respectivas Escribanías competente número de ejemplares, y pasando otro al Prior del Monasterio, para que se conserve en el Archivo, y todos se enteren quando convenga de las disposiciones que contiene: que así es mi voluntad.= EL REY.= Manuel de Godoy,.
CONOCIDA es la Pared, la Cerca Real construida con piedra seca berroqueña, que lo ordenaría Felipe II para ubicar en su recinto (55 Kms) las anexiones adjudicadas por el Monarca en este alfoz. Así como la mandada construir (reformar) por Carlos IV - asunto que nos ocupa- sobre la ya existente, elevando la altura. Además estudiada (Vicente M.Rosado, “La Pared Real, una referencia histórica, o el exhaustivo trabajo del catedrático y cronista escurialense, Gregorio Sánchez Meco, entre otros). Huelga sería repetir lo investigado por tan ilustres próceres. Nos interesaria centrarnos en los exordios de la propia Real Cedula y Ordenanza, “Dada en Aranjuez a diez y ocho de Marzo se mil setecientos noventa y tres”, en la que S.M. (Carlos IV) mandaría se observase en los “términos, límites y vedades de sus Reales Bosques de San Lorenzo y en las poblaciones confinantes”.
1) FINES Y MOTIVOS
El fin vendría a ser la construcción (reforma sobre la construida) de una “Cerca de pared de piedra, a costa del del Real Erario, en cuyo recinto se recogiese la Caza mayor de los Reales Bosques.
El motivo: no sería otro que resarcir los daños producidos por la caza en sembrados y prados en los Reales Bosques de San Lorenzo del Escorial. Resolución que tomaría Su Augusto Padre, Carlos III. “Y a juzgar por las muchas diferencias y resentimientos entre los tasadores y hacendados sobre las graduaciones de dichos daños; serían notorios los prejuicios ocasionados a los vecinos.” Se construiría la cerca para evitar los agravios comparativos y solucionar el mal causado.
Una vez construida (reparada) la cerca se suspenderían los pagos por los daños producidos anteriormente, a excepción de los que se dieran en adelante, por la caza, dentro de su recinto. En consecuencia, la Cerca siempre habría de estar reparada; y una vez hecho, habría que establecer todo un sistema organizado que garantizara el cuidado de la caza, la pesca en los estanques y la preservación de la leña y hierba en sus bosques.


